Seguros de vida y salud en la declaración de la renta

Seguros Desgravables

Seguros de vida y salud en la declaración de la renta

Desde el pasado 6 de abril y hasta el próximo 30 de junio está abierto el periodo voluntario para que los contribuyentes declaren a la Agencia Tributaria las ganancias y bienes correspondientes al ejercicio del 2021, a través de la Declaración de la Renta. ¿Los seguros desgravan?

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Es conocido que entre los gastos deducibles se encuentra el aplicado a la vivienda habitual. También otros como la inversión en empresas, por donativos y donaciones realizadas a entidades no lucrativas, y por rendimientos del trabajo.

Es muy habitual, cuando llega este periodo del año, que nos preguntemos si los seguros son deducibles en la cuota diferencial del IRPF, con el objetivo de que el resultado de la Declaración salga más favorable para nosotros. Todo dependerá del tipo de seguro y de nuestra situación personal. Hoy hablaremos de los Seguros de Vida y Seguros de Salud.

Seguros de Vida

Si se puede o no se puede, deducir el Seguro de Vida, dependerá de algunos factores, por ejemplo, si el seguro está asociado a un préstamo hipotecario, en cuyo caso si se puede beneficiar de esta ventaja fiscal alcanzando hasta el 15%, con un límite fijado en los 9.040 euros por ejercicio.

También cuentan con esta deducción fiscal los Seguros de Vida vinculados a los planes de ahorro, pues tributan de la misma forma que un plan de pensiones. En este caso, la edad, marcará la cifra anual desgravable, siendo de hasta 10.000 euros para menores de 50 años y de 12.000 euros para personas que tengan o superen esa edad.

Por tanto, los Seguros de Vida convencionales, que no estén vinculados a préstamos hipotecarios o planes de ahorro, no se pueden deducir, a no ser que se trate de trabajadores autónomos por cuenta propia. En este caso la Agencia Tributaria si lo considera un gasto ligado al desempeño de la actividad, con un límite fijado en 500 euros, que puede llegar hasta los 1.500 euros si el trabajador autónomo cuenta con discapacidad.

Seguros de Salud

Principalmente el Seguro de Salud es deducible si se trata de trabajadores autónomos por cuenta propia o empresarios, que en cuyo caso si se pueden beneficiar de esta ventaja fiscal en la Declaración de la Renta, independientemente de si el seguro se ha contratado de forma particular o se ha contratado ampliado para incluir a toda la familia. Esta deducción puede ser aún mayor, si el asegurado además cuenta con un Plan de Retribución Flexible.

También existen casos en los que trabajadores por cuenta ajena pueden beneficiarse de este descuento fiscal, es aquel en el que el trabajador negocia directamente con su empresa un Seguro de Salud para él y los miembros de primer grado de su núcleo familiar. En estos casos, a pesar de ser un trabajador por cuenta ajena, también existen estas deducciones fiscales.

Ahora ya conocemos en qué casos son deducibles los seguros de vida y salud en la Declaración de La Renta, aunque no son los únicos que cuentan con esta ventaja fiscal, por ejemplo, los autónomos también se pueden desgravar el Seguro de Responsabilidad Civil Profesional o el Seguro del Coche… ¿Lo sabías?

 

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